¿Cuánto dinero me corresponde por un latigazo cervical o una baja laboral? | Abogado accidentes de tráfico en Castellón

El latigazo cervical es la lesión más común tras un accidente de tráfico, especialmente en colisiones por alcance. A menudo viene acompañado de baja laboral, rehabilitación y molestias prolongadas. Pero…

¿Cuánto se cobra por esto? ¿Qué indemnización te corresponde por cada día de dolor o cada secuela?

En este artículo te explicamos cómo se calcula la indemnización y qué tener en cuenta si has sufrido esta lesión en Castellón.

¿Qué es un latigazo cervical?

Se trata de una hiperextensión del cuello provocada por el movimiento brusco tras el impacto. Puede provocar:

  • Dolor y rigidez cervical
  • Mareos, vértigos o cefaleas
  • Dificultad para trabajar, conducir o dormir
  • Necesidad de fisioterapia durante semanas o meses

Aunque no siempre es visible, el dolor puede durar más de lo que parece. Y por eso, el Baremo de Tráfico lo reconoce como lesión indemnizable.

¿Cómo se calcula la indemnización por latigazo cervical?

Desde la reforma del Baremo, la indemnización se calcula por:

  1. Días de perjuicio personal
  2. Secuelas funcionales o estéticas
  3. Pérdidas económicas (baja, medicación, desplazamientos…)

Los días se valoran según el tipo de perjuicio:

  • Día muy grave: 121,64 € (UCI, hospitalización crítica)
  • Día grave: 91,31 €
  • Día moderado: 75,91 € (baja médica, limitación importante)
  • Día básico: 35,71 € (molestias sin baja médica)

Ejemplo de indemnización por cervicalgia con baja laboral

Imagina este caso real en Castellón:

  • 15 días de baja laboral con rehabilitación (moderado)
  • 20 días de molestias tras el alta (básico)
  • Sin secuelas
  • Gastos de farmacia y transporte: 120 €

Cálculo estimado:

  • 15 × 75,91 € = 1.138,65 €
  • 20 × 35,71 € = 714,20 €
  • Gastos justificados = 120 €
  • Total: 1.972,85 €

Si hay secuelas, el valor por punto oscila entre 1.000 € y más de 5.000 € por punto, según la edad y el tipo de daño.

¿Y si he estado de baja laboral?

Además del perjuicio moderado, puedes reclamar por:

  • Pérdida de ingresos si cobras menos estando de baja
  • Gastos de sustitución si eres autónomo y has tenido que contratar a alguien
  • Limitaciones para tu profesión habitual

Estos conceptos deben acreditarse con nóminas, IRPF, justificantes de pagos, etc.

¿Qué documentación necesito para reclamar?

  • Parte de urgencias (idealmente dentro de las primeras 72 horas)
  • Informes de seguimiento médico
  • Justificantes de la baja laboral
  • Informes del fisioterapeuta
  • Facturas de farmacia, transporte o ayuda en casa
  • Parte amistoso o atestado policial

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