¿Se cancelan todas las deudas o hay excepciones? | Ley de Segunda Oportunidad en Castellón

Una de las preguntas más frecuentes que recibimos en nuestro despacho es:

“¿Puedo cancelar todas mis deudas con la Ley de Segunda Oportunidad o hay cosas que no se perdonan?”

Es una duda totalmente razonable, sobre todo si arrastras deudas con Hacienda, Seguridad Social, tarjetas de crédito, avales o préstamos personales.

En este artículo te explicamos qué deudas se cancelan, cuáles pueden limitarse y qué excepciones existen según la ley vigente.

✅ ¿Qué deudas se cancelan con la Ley de Segunda Oportunidad?

La gran mayoría de deudas pueden ser canceladas si cumples los requisitos. Por ejemplo:

  • Préstamos personales
  • Tarjetas de crédito o líneas revolving
  • Microcréditos
  • Descubiertos bancarios
  • Avales a familiares o amigos
  • Deudas con financieras
  • Recibos impagados (teléfono, suministros, etc.)

Incluso si has acumulado muchas pequeñas deudas con distintos acreedores, la ley permite cancelar el 100 % del importe, sin límite.

⚠️ ¿Y las deudas con Hacienda o la Seguridad Social?

Sí, pero con matices.

Desde la reforma de septiembre de 2022, la Ley Concursal permite exonerar:

  • Hasta 10.000 € con Hacienda
  • Hasta 10.000 € con Seguridad Social

Y lo mejor: por tramos. Es decir, si debes 20.000 € a Hacienda y 15.000 € a la Seguridad Social, puedes cancelar 10.000 € de cada una.

El resto solo se podría cancelar si pactas un plan de pagos en la exoneración con pago parcial, aunque en muchos casos no se ejecutan si no hay bienes.

❌ ¿Qué deudas no se cancelan?

Existen algunas excepciones en la Ley. En principio, no se pueden cancelar:

  • Deudas por pensiones de alimentos (a hijos o cónyuge)
  • Multas penales o sanciones derivadas de delitos
  • Indemnizaciones por responsabilidad civil
  • Deudas nuevas contraídas después del procedimiento
  • Algunas deudas por fraude fiscal grave (delito, no infracción administrativa)

En todo caso, se analiza si esas deudas son objetivamente incluidas en el plan o si pueden quedar fuera por su naturaleza.

💡 ¿Qué pasa con los intereses, costas y embargos?

Cuando se concede la exoneración del pasivo insatisfecho, se cancelan:

  • El capital pendiente
  • Los intereses de demora
  • Las costas judiciales
  • Los embargos y anotaciones en registros

La cancelación es total y legalmente firme. Los acreedores no podrán reclamarte nunca más esas deudas.

¿Y si tengo bienes o hipoteca?

Tener bienes no impide la exoneración, pero hay que analizarlos bien.

Es posible conservar tu vivienda si estás al día con la hipoteca, y cancelar el resto de deudas sin vender tu casa.

También puedes quedarte con el coche si lo necesitas para trabajar o su valor es bajo.

Cada caso se estudia de forma personalizada.

En Pablo Tormo Abogados (Castellón) analizamos tu deuda al detalle

No todas las deudas son iguales, y por eso trabajamos caso por caso.

Te ayudamos a:

  • Cancelar tarjetas, préstamos, Hacienda y Seguridad Social
  • Conservar tu vivienda y patrimonio esencial
  • Obtener la exoneración completa y definitiva
  • Evitar errores que puedan dejar deudas vivas

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