¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad? | Abogado en Castellón

La Ley de Segunda Oportunidad genera muchas esperanzas, pero también muchas dudas. Una de las más comunes es:

“¿Yo puedo acogerme, aunque sea autónomo, pensionista, asalariado o esté en paro?”

La respuesta, en la mayoría de los casos, es .

La clave está en cumplir ciertos requisitos legales, no en la situación laboral en sí.

En este artículo te explicamos quién puede beneficiarse de esta ley en España y cómo te ayudamos desde nuestro despacho en Castellón.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

Es un mecanismo legal que permite cancelar deudas impagables a personas físicas (no solo empresas), siempre que actúen de buena fe y no puedan hacer frente a sus obligaciones económicas.

Está regulada por el Texto Refundido de la Ley Concursal y ha sido reformada en 2022 para simplificar trámites y proteger más a los deudores, incluyendo la posibilidad de mantener la vivienda habitual en muchos casos.

¿Quién puede acogerse?

Te detallamos los perfiles más habituales que sí pueden solicitarla:

Trabajadores por cuenta ajena (asalariados)

Sí, pueden acogerse.

Si has acumulado deudas por préstamos personales, tarjetas, avales o créditos impagados, y tus ingresos no permiten pagarlas, puedes beneficiarte del procedimiento.

La ley no exige estar desempleado ni tener ingresos mínimos.

Autónomos y empresarios individuales

Sí, tanto si estás en activo como si ya has cesado tu actividad.

Muchos autónomos se endeudan por inversiones, avales cruzados, impagos de clientes o crisis económicas.

La ley permite cancelar las deudas incluso si aún tienes actividad, siempre que no haya fraude.

Pensionistas

Sí, también.

Aunque cobres una pensión, puedes tener derecho a cancelar tus deudas si no llegas a fin de mes y has intentado negociar o pagar en la medida de lo posible.

Se puede proteger la pensión como ingreso mínimo vital y evitar embargos totales.

Personas en paro

Sí, sin problema.

Estar desempleado no impide solicitar la Segunda Oportunidad. De hecho, muchas personas que pierden su empleo y no pueden pagar los préstamos son candidatas ideales.

¿Y qué requisitos hay que cumplir?

  1. Ser persona física residente en España
  2. Tener deudas que no puedas pagar con tu patrimonio
  3. Haber actuado de buena fe (sin ocultar bienes ni fraude)
  4. No haber sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años
  5. No haber solicitado esta ley en los últimos 5 años

¿Puedo mantener mi vivienda habitual?

En muchos casos , sobre todo si estás al día con la hipoteca y el valor del piso no cubre toda la deuda.

Desde la reforma de 2022, se puede conservar la vivienda, incluso cancelando el resto de deudas.

Cada caso requiere análisis personalizado.

En Pablo Tormo Abogados tramitamos tu Segunda Oportunidad en Castellón

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  • Revisar si cumples los requisitos
  • Proteger tus bienes y tu salario/pensión
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