Muchas personas con deudas se hacen la misma pregunta antes de dar el paso:“¿Si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad… podré seguir trabajando? ¿Podré volver a emprender?”
La respuesta es clara:
✅ Sí, puedes seguir trabajando, facturando y emprendiendo con normalidad.
Acogerte a esta ley no te impide tener ingresos ni rehacer tu vida profesional.
En este artículo te explicamos cómo funciona y qué puedes hacer (y qué no) durante y después del proceso.
¿Puedo seguir trabajando si me acojo a la ley?
Sí.
Tanto si eres trabajador por cuenta ajena, autónomo, pensionista o estás en el paro, puedes iniciar el procedimiento.
Y si estás trabajando, puedes seguir haciéndolo sin problema.
De hecho, tener ingresos puede ayudar en algunos casos a:
✔️ Negociar un plan de pagos si se propone uno
✔️ Agilizar la tramitación
✔️ Justificar capacidad para afrontar el futuro con estabilidad
Lo importante es demostrar que actúas de buena fe y no ocultas ingresos o patrimonio.
¿Y puedo volver a emprender?
Por supuesto.
La Ley de Segunda Oportunidad no te impide montar un nuevo negocio, facturar como autónomo ni dirigir una empresa.
Tras la exoneración, puedes:
- Crear una nueva sociedad
- Empezar un proyecto como autónomo
- Obtener préstamos o financiación con condiciones normales
- Volver a tener una segunda oportunidad de verdad
Muchos de nuestros clientes en Castellón vuelven a empezar profesionalmente desde cero con éxito tras acogerse a la ley.
¿Hay alguna limitación laboral o profesional?
En general, no. Pero debes tener en cuenta algunas situaciones concretas:
- Si el juez impone un plan de pagos controlado (poco habitual), podrías tener que informar de tus ingresos durante un tiempo
- Si trabajas en ciertos empleos públicos o financieros, es recomendable revisar tu situación profesional por si existe alguna incompatibilidad puntual
En Pablo Tormo Abogados revisamos tu caso antes de empezar, para evitar sorpresas.
¿Se hace público? ¿Lo sabrán en mi trabajo?
No necesariamente.
El procedimiento no aparece en el BOE ni se difunde públicamente, salvo si existe un concurso con masas activas que exija nombramiento de administrador concursal (casos complejos).
En la mayoría de procedimientos normales:
- No se publica nada en medios ni boletines
- No se informa a tu empresa
- Tu entorno no tiene por qué saberlo si tú no lo cuentas
Lo importante es que puedas rehacer tu vida
La Ley de Segunda Oportunidad está pensada para eso:
liberarte de las deudas y poder seguir adelante, trabajando, viviendo y emprendiendo.
No te bloquea, te desbloquea.
En Pablo Tormo Abogados (Castellón), te lo ponemos fácil:
✅ Estudio gratuito
✅ Pago desde 150 €/mes
✅ Honorarios cerrados desde 3.000 € + IVA
✅ Acompañamiento total durante el proceso
✅ Trato humano y sin juicios
📍 Primera consulta gratuita
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